SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0991/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0991/2015-S2

Fecha: 14-Oct-2015

II.6.

II.6. Cursa Auto de Vista 264 de 25 de septiembre de 2014, emitida por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro de la apelación formulada por Erick Burgos Coimbra, que interpuso recurso de apelación incidental contra la Resolución Judicial manifestando que ambos imputados tienen responsabilidad penal, quienes pretenden desvirtuar dicha acción con documentos falsos y que la Juez de Instrucción no tomó en cuenta el cuaderno de investigación que le fue presentado por el Fiscal de Materia, tampoco tomó en cuenta la documentación presentada, solo los delitos de avasallamiento y tráfico de tierras y no así la falsedad material, ideológica, uso de instrumento falsificado y otros; la autoridad jurisdiccional declaró “ADMISIBLE é IMPROCEDENTE las apelaciones incidentales interpuestas por el querellante” Erick Máximo Burgos Coimbra y el Ministerio Público, con el fundamentando su resolución en los arts. 403 y 404 del CPP, es decir los apelantes hicieron simplemente una transcripción literal de los que son los delitos de falsedad ideológica uso de instrumento falsificado, amenazas avasallamiento de tierras y tráfico de tierras en ningún momento refieren cuales son los agravios sufridos por la citada resolución judicial y de qué manera debería resolverse el litigio (126 a 128 vta.).