SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1003/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1003/2015-S1

Fecha: 26-Oct-2015

concedió parcialmente

La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 9 de abril de 2015, cursante de fs. 16 a 17, concedió parcialmente la tutela solicitada, disponiendo que los Vocales demandados, otorguen respuesta de forma inmediata a la petición formulada por memorial de 23 de marzo de 2015; y, no ha lugar a la solicitud de dejar sin efecto el Auto interlocutorio definitivo de 26 del mismo mes y año; bajo los siguientes fundamentos: 1) El art. 24 de la CPE, establece que toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita y a la obtención de respuesta formal y pronta; y,  2) La accionante por memorial de 23 de marzo de 2015, solicitó a los Vocales demandados, el rechazo “in limine” del recurso de casación con una serie de argumentos que necesitaban ser explicados; sin embargo, no se manifestaron sobre la petición, limitándose a admitir el recurso y ordenar la remisión del expediente por el indicado Auto interlocutorio definitivo; vulnerando el derecho previsto en el artículo señalado precedentemente.