SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1013/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1013/2015-S2

Fecha: 15-Oct-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por la supuesta comisión del delito de despojo y otros, a querella y acusación de Celia Brígida Troche Aliaga, el que radicó en el Juzgado Cuarto de Sentencia Penal, se fijó audiencia de juicio oral para el 19 de marzo de 2015, en el ella no estuvo presente, inasistencia que fue justificada con las pruebas aportadas ante la titular de ese despacho judicial, autoridad que desconociendo dichos documentos de descargo, la conminó para que en el plazo de cuarenta y ocho horas justifique legalmente su incomparecencia a dicho actuado. No obstante ello, pese a que a través de su abogado se le indicó que se encontraba en una especial posición de garante respecto de la vida y salud de un tercero, la Jueza requirió un certificado médico forense lo que podría llevar a la vulneración del secreto profesional médico, señalando a este efecto nueva audiencia.

El 23 de marzo de 2015, se llevó a cabo este nuevo actuado en el que se ratificó la prueba presentada el 19 del mes y año señalados, incluyéndose documento fotografiado y un certificado médico que justificaba su inasistencia. Empero, no obstante lo argumentado, de manera totalmente extraña y alejada de criterios de razonabilidad y congruencia, la Jueza no acogió esta justificación, declarándola rebelde; ordenando en consecuencia, se libre el mandamiento de aprehensión en su contra, sobrepasando un ámbito de exigencia racional, lo que constituyó un acto ilegal contra su libertad, así como la vida y salud de un tercero, pariente consanguíneo en primer grado.