SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1013/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1013/2015-S3

Fecha: 12-Oct-2015

1)

Albania Chane Caballero, Jueza Primera de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer del departamento de Santa Cruz, mediante informe escrito presentado el 27 de febrero de 2015, cursante a fs. 25 y vta., señaló que: 1) En razón a “…los continuos memoriales presentados por el accionante, los mismos ingresaban a despacho y no permitían la salida de estos” (sic); 2) El Secretario adscrito a su Juzgado se encontraba con permiso, y siendo el responsable de transcribir las actas de audiencias cautelares, en su ausencia, el encargado de realizar dicha labor era el Secretario suplente; al cual, no se lo podía obligar a que “en el día” presente transcripción del acta del caso en cuestión, más aún, teniendo conocimiento que estaba de suplente en tres juzgados; y, 3) Por el informe emitido por el Secretario del Juzgado a su cargo, se puede corroborar que no es cierto que el accionante hubiese proporcionado los recaudos para las copias; por lo que, no se vulneró ningún derecho constitucional.