SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1013/2015-S3
Fecha: 12-Oct-2015
Fragmento 12
El accionante a través de su representante, refiere que el 13 de febrero de 2015, habiéndose dispuesto su detención preventiva, en audiencia de medidas cautelares, interpuso recurso de apelación incidental conforme establece el art. 251 del CPP; sin embargo, la autoridad judicial demandada lesionó sus derechos fundamentales debido a que a pesar de proporcionar los recaudos para las fotocopias correspondientes y las reiteradas solicitudes por escrito, transcurrieron trece días hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, sin que se remitan antecedentes al Tribunal de alzada, desconociendo el plazo previsto en el art. 251 del citado Código; asimismo, por memoriales presentados el 19 y 24 de igual mes y año; solicitó que en cumplimiento a la “Circular 21/2013 de 28 de mayo” se realice la remisión del referido recurso al Tribunal de alzada; empero, los mismos no fueron providenciados dentro de las veinticuatro horas conforme prescribe el art. 132 del referido cuerpo normativo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- eficacia
- CONFIRMAR