SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1014/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1014/2015-S1

Fecha: 26-Oct-2015

Fragmento 25

         De los antecedentes remitidos a este Tribunal, se tiene que, Braver Tala Arequipa suscribió con Lisbet Medrano Suárez, Acta de separación y asistencia familiar de 21 de agosto de 2012, fijándose entre otros aspectos, el monto de Bs500.- de asistencia familiar en beneficio de sus hijos, mismo que no fue cubierto desde la fecha del citado documento; por lo que, la tercera interesada solicitó ante el Juez demandado, homologación de asistencia familiar, en cuya tramitación emitió orden instruida para notificar por cédula al accionante en el registro domiciliario señalado por el SEGIP, con actuados correspondientes al proceso familiar ut supra, entre ellos la liquidación del monto adeudado realizada por la Actuaria del Juzgado                  de Instrucción Mixto en lo Penal de Chimoré del departamento de Cochabamba, con intimación de pago de deuda por asistencia familiar en la suma de Bs12 000.- señalando como plazo el tercer día de su legal notificación, así consta de las Conclusiones II.6., II.7. y II.8 de ésta Sentencia Constitucional Plurinacional; actuados procesales que denotan el cumplimiento del procedimiento de esa diligencia según lo expresado en               el Fundamento Jurídico III.2 de este fallo, que determina la necesaria notificación del obligado a prestar asistencia familiar, y la oportuna conminatoria, citando plazo a objeto del referido cumplimiento, como ocurrió en el presente caso, sin que el aludido hubiera procedido a efectuar el pago, razón por la que la autoridad demandada emitió Auto de 12 de septiembre de 2014, ordenando disponga mandamiento de apremio, en contra de Braver Tala Arequipa, para luego ser conducido al Centro de Rehabilitación San Antonio del departamento de Cochabamba.