SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1017/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1017/2015-S1

Fecha: 30-Oct-2015

Fragmento 14

Ahora bien, a modo ilustrativo nos referiremos al Decreto Supremo 0495 de 1 de mayo de 2010, que modifica el art. 10.III del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006, estableciendo que si el  trabajador opta por su reincorporación, puede recurrir a este efecto ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social y si ellos constatan que el despido es injustificado, procederán a conminar al empleador para que lo reincorpore de forma inmediata con todos los beneficios que correspondiere; además de ello prevé que la conminatoria es de cumplimiento obligatorio desde su legal notificación la misma puede ser recurrida en la vía judicial, empero, esta impugnación en ningún caso implicara la suspensión de su ejecución; en caso de desacato a la misma, el trabajador queda facultado para recurrir a la justicia constitucional.