SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1019/2015-S3
Fecha: 29-Oct-2015
III.2. Análisis del caso concreto
De acuerdo a lo señalado precedentemente, se evidencia que el accionante no cumplió con la procedencia de la presente acción tutelar, para poder ingresar a analizar el fondo del asunto; toda vez que, no señaló que disposición constitucional o que ley se incumplió u omitió, respecto a la entidad financiera demandada, simplemente señaló que se vulneraron los derechos políticos, que son propios de toda una colectividad, es decir, del total de los habitantes del Municipio de La Guardia, quienes no tuvieron acceso a los derechos fundamentales a la vida, a la integridad física, a la seguridad ciudadana, al agua, a la alimentación, a la educación, a la salud, a la vivienda, a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario -y otros-; y, a la autonomía de los Gobiernos Autónomos Municipales; ello, al no dar cumplimiento a las Sentencias Constitucionales Plurinacionales que avalaban la legalidad de su designación como Alcalde del Municipio citado ut supra; y así, dar curso a su firma y a las respectivas cuentas fiscales; consecuentemente, al no haberse cumplido con los requisitos de procedencia de la presente acción de defensa, este Tribunal se ve impedido a ingresar a analizar la problemática planteada.
Por otra parte, se llama la atención al Juez de garantías, por haber concedido la tutela y por lo dispuesto en la concesión, sin tomar en cuenta, la naturaleza jurídica de una acción de cumplimiento y su procedencia, prevista tanto en la Constitución Política del Estado como en el Código Procesal Constitucional, además de tomarse atribuciones que no competen a un Juez o Tribunal de garantías.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR