SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1024/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1024/2015-S1

Fecha: 30-Oct-2015

a)

El accionante a través de su abogado, ratificó el tenor íntegro de la acción de amparo constitucional, complementando con los siguientes argumentos: a) La acción de defensa, no es vía para interponer excepción de impersonería, además, el testimonio poder 51/2008 de 22 de enero, adjunto, facultó para actuar en ésta acción tutelar, si esto no fuera suficiente, se tiene presentado al inicio de la audiencia un testimonio poder 300/2015 de 27 de abril, de la empresa a la que representan, para evitar toda susceptibilidad; y, b) Lo que se pretende con esta acción de amparo constitucional, es que se les explique o informe porque no se está procediendo al pago de las planillas adeudadas, pese a que existe recepción definitiva de la obra; y, está explícitamente determinado en el contrato, que la cancelación debe ser realizado en el plazo máximo de sesenta días, caso contrario, se generarían intereses a su favor; y, en caso afirmativo, a cuánto ascenderían los mismos. Reitera la petición, de una respuesta formal y pronta sobre los puntos solicitados, más aún, tratándose de “funcionario público”.