SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2015-S1

Fecha: 30-Oct-2015

1)

El accionante a través de su abogado, ratificó el tenor de la acción de amparo constitucional y ampliando la misma manifestó que: 1) Solicitó la tutela al haber estado ante un hecho de justicia por mano propia, ya que la propietaria rechazó acudir ante el órgano jurisdiccional para demostrar su derecho propietario; 2) Dentro el proceso de usucapión, el Juez Octavo de Partido Civil y Comercial del departamento de La Paz, comunicó de esa acción a la demandada, lo que denota que se acudió a los órganos correspondientes para impartir justicia y ella no reclamó su derecho propietario, actuados que se realizaron antes de los hechos del 27 de febrero de 2015.