SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1029/2015-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1029/2015-s2

Fecha: 19-Oct-2015

1)

Juan Carlos Barrientos Castro, ex Juez Tercero de Partido y Sentencia de Montero, mediante informe de 9 de enero de 2015, cursante a fs. 529 y vta., manifestó que: 1) En cuanto a la relación impugnada, cabe señalar que se cumplió los pasos procedimentales enmarcados por los arts. 382 y ss. del Código de Procedimiento Penal, ya que su art. 383 establece que, la demanda se la puede dirigir contra el condenado o contra terceros, que por previsión legal o relación contractual son responsables de los daños causados, ya que el Código de Tránsito en su art. 163 y el Código Civil en su art. 992, establecen que si bien el propietario del vehículo no es responsable penalmente, lo es civilmente, por los daños ocasionados a la víctima; 2) Se supone que hay una relación contractual entre el chofer del vehículo y el propietario, si no es escrita, entonces se entiende que es verbal, ya que de lo contrario, cómo justifica el accionante en qué calidad estaba manejando el chofer, el vehículo que pertenece a la empresa SERGUT S.R.L.; y, 3) La Resolución demandada por la presente acción de defensa, cumplió con el objetivo final de otorgar el derecho de los daños ocasionados a la víctima, no habiéndose vulnerado derecho alguno del accionante, por lo que solicita se deniegue la tutela impetrada.