Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1035/2015-S2
Fecha: 19-Oct-2015
II.2.
II.2. Por Resolución de 21 de noviembre de 2014, Fernando Villarroel Guzmán y Sonia Zabala Padilla, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia de Quillacollo, ordenaron la detención preventiva del nombrado imputado, en el Centro Penitenciario de San Pablo de esa localidad, por no haber concurrido a la firma del libro respectivo el 14 de cada mes y no haber acreditado la solvencia económica de las dos personas de la fianza personal; es decir, por no haber cumplido con las medidas impuestas el 18 de junio del indicado año (fs. 42 a 45).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La interpretación de la legalidad ordinaria facultad privativa de la jurisdicción ordinaria
- III.3. Valoración de las pruebas
- III.4. En cuanto a la seguridad jurídica
- CONFIRMAR en todo