Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1037/2015-S2
Fecha: 19-Oct-2015
II.7.
II.7. Mediante memorial de 6 de enero de 2015, Jesús Hernán Antelo Laughlin, interpuso recurso de reposición contra el Auto de 3 de diciembre de 2014, pidiendo que se declare probado el incidente de nulidad de obrados se disponga no ha lugar la admisión de la demanda por ser extemporánea y ajena al plazo señalado por el art. 68 de la LSNRA (fs. 39 a 45 vta.).