Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1040/2015-S1
Fecha: 30-Oct-2015
II.1.
II.1.Mediante Auto de Vista 166/2012, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso coactivo civil seguido por José Luís Guzmán Sangueza contra la accionante; en el que en su parte resolutiva se dispuso anular la Resolución judicial de 26 de abril de 2011, indicando que el Juez aquo, disponga la apertura de término de prueba, previsto en el art. 152 del CPC, previa notificación a partes y terceros con interés legítimo (fs. 2 a 5 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.Desistimiento dentro de una acción de amparo constitucional
- III.3.1. Conocimiento del desistimiento por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.4. Análisis del caso concreto