SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1065/2015-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1065/2015-s2

Fecha: 27-Oct-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante por intermedio de su abogado, ratificó íntegramente el contenido de su memorial de demanda, agregando que la temática redunda en el rechazo de la demanda contenciosa administrativa que habría presentado fuera de los cuarenta y cinco días que establece la Ley 1715, cuya aplicación no corresponde, ya que es la Ley 1700 la que regula los ámbitos de aplicación de tratamiento y protección de bosques y tierras, que por principio de especialidad determinado en la Ley del Órgano Judicial, cuando hay dos normas jerárquicamente iguales, siempre se toma la norma especial, que es la Ley 1700 así como los dos Decretos Supremos reglamentarios, que llenan el vacío legal en cuanto al plazo en el cual debe interponerse la demanda contenciosa administrativa, que es el previsto en el Código de Procedimiento Civil de noventa días, pues el procedimiento forestal es distinto al agrario.