SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1078/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1078/2015-S2

Fecha: 27-Oct-2015

concedió

La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 03/2015 de 24 de abril, cursante de fs. 237 a 249 vta., concedió la acción de amparo constitucional, disponiendo la inmediata reincorporación del accionante al puesto donde prestaba servicios en el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, con los derechos que le corresponden y con costas procesales. Asimismo, la entidad edil, conforme al “Dictamen General 01/2015 de 30 de enero de 2015”, (Sic) debe establecer y disponer si fuere el caso, la responsabilidad emergente del presente caso, mediante los mecanismos de repetición, de haberse causado daño patrimonial al Estado Plurinacional, con los siguientes fundamentos: a) Existe una Conminatoria 06/2015 de 13 de marzo de reincorporación a favor del accionante de la Jefatura Departamental del Trabajo, contra la que el demandado interpuso recurso de revocatoria, que no es conforme a la norma aplicable; b) En los hechos el accionante estaba prestando servicios en la Secretaría General del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, durante los meses de enero, febrero hasta el 2 de marzo de la presente gestión; en consecuencia, como no ha existido ningún procedimiento ni informe técnico jurídico de Asesoría Legal debidamente fundamentado sobre aquel servicio prestado por el accionante y su desvinculación u otro procedimiento de responsabilidad administrativa interna, por el que se le apartó de sus servicios, se considera que se le vulneraron sus derechos al trabajo, estabilidad laboral, así como al debido proceso; y, c) Respecto a la denuncia sobre la vulneración del derecho a la vida, no es evidente.