Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTTUCIONAL PLURINACIONAL 0999/2015-S3
Fecha: 12-Oct-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por medio de su representante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso y a ser oído por autoridad superior, por cuanto existió falta de remisión del recurso de apelación incidental interpuesto contra la determinación jurisdiccional que dispuso su detención preventiva; habiendo transcurrido más de “diez días” desde su presentación, incumpliendo el plazo previsto por el párrafo segundo del art. 251 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- y una vez interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro horas,
- Fragmento 8
- III.2. Dilación en la remisión de la apelación incidental de medidas cautelares ante el Tribunal de alzada por falta de provisión de recaudos
- III.3.
- debiendo la parte apelante notificar a los sujetos procesales con dicho recurso de apelación
- Fragmento 12
- CONFIRMAR