Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0400/2015-CA
Fecha: 06-Nov-2015
Juan Carlos Angulo López
En consulta la Resolución Ejecutiva 36/2015 de 17 de septiembre, cursante de fs. 59 a 61 vta., pronunciada por Juan Carlos Angulo López, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya del departamento de Cochabamba por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Leticia Condori Apaza, demandando la inconstitucionalidad de la Resolución Administrativa (RA) 26/2014 de 8 de diciembre, por ser presuntamente contraria a los arts. 122, 123 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Juan Carlos Angulo López
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- II.3. Análisis del caso concreto
- “En definitiva, la acción de inconstitucionalidad concreta, no puede ser activada para cuestionar la constitucionalidad de instrumentos administrativos, que son emitidos para la resolución de casos particulares, que no gozan de las características de abstracción, generalidad y obligatoriedad”
- RATIFICAR