AUTO CONSTITUCIONAL 0415/2015-CA
Fecha: 24-Nov-2015
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
La accionante por memorial presentado el 22 de octubre de 2015, cursante de fs. 5 a 16 vta., dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público a instancia de la Gerencia Regional de Potosí de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB), por la presunta comisión de los delitos de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado, formuló acción de inconstitucionalidad concreta contra el art. 234. 6 y 8 del CPP, bajo los siguientes fundamentos:
Señaló que, el Fiscal de Materia por Resolución de 24 de noviembre de 2014, presentó imputación formal en su contra por los delitos ya mencionados, solicitando a su vez la aplicación de medida cautelar de detención preventiva por supuestamente concurrir los riesgos procesales de los arts. 234 numerales 1, 2, 6, 8 y 10; y, 235.1 y 2 del CPP.
- Juez Tercero de Instrucción en lo Penal Mixto de Uyuni del departamento de Potosí
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- El haber sido imputado por la comisión de otro hecho delictivo doloso
- I.2. Respuesta a la acción
- “no promover”
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR con otros fundamentos,