SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1100/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1100/2015-S3

Fecha: 05-Nov-2015

improcedencia

La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 13 de mayo de 2015, cursante de fs. 141 a 142, declaró la “improcedencia” de la presente acción, sin ingresar al fondo; por las siguientes razones: 1) Las Resoluciones de la Administración Aduanera datan del 20 de marzo y 19 de noviembre, ambas del 2013, las cuales les fueron notificadas al ahora accionante en secretaría de la misma entidad; y, 2) De los memoriales que presentó el accionante, de 21 de julio de 2014 y 24 de marzo de 2015, se infiere que conocía las Resoluciones asumidas por mencionada Administración y pese a ello no interpuso los recursos administrativos que le franquea la ley, como es el revocatorio y jerárquico; por lo que, no puede pretender sustituir los recursos ordinarios a los cuales no recurrió.