SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1102/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1102/2015-S2

Fecha: 03-Nov-2015

II.1

II.1.       Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Alain Castro Saavedra contra Ezequiel Sosa Herrera, por el delito de tentativa de homicidio, la Jueza Primero de Instrucción Mixto de Montero, provincia Obispo Santisteban del departamento de Santa Cruz, mediante Auto 4/2014, pronunciado en audiencia de 2 de enero de 2014, dispuso la medida cautelar de detención preventiva del imputado Ezequiel Sosa Herrera, esgrimiendo los siguientes fundamentos: i) Con la documentación cursante en el cuaderno de investigaciones, como ser la denuncia, declaración de Alcides Parada Hurtado, informe del asignado al caso, declaración del imputado y certificado médico legal, se determinó la concurrencia del requisito previsto en el art. 233. 1 del CPP; ii) Respecto al peligro de fuga, se señaló que de la valoración conjunta de la documentación presentada por la defensa se concluye que se enervó parcialmente lo relativo a la familia y trabajo y no así con relación a su domicilio, subsistiendo el riesgo previsto en el numeral 1) del art. 234 del CPP y por ende también las facilidades para abandonar el país o permanecer oculto que prevé el numeral 2) de dicha norma legal. Asimismo se consideró el peligro que el imputado representa para la sociedad y la víctima, al que se refiere el inciso 10) de la misma disposición legal, debido a su personalidad agresiva denotada por la gravedad del delito y la desproporción de la defensa legítima, al extremo de disparar 4 tiros y el último cuando la víctima se hallaba en el suelo; y, iii) Respecto al peligro de obstaculización, el imputado, estando en libertad, podría influir negativamente en la víctima para que ésta cambie de testimonio  y se comporte de manera reticente. Además, en la comisión del hecho, se utilizó un arma de fuego,  el cual no fue puesto a disposición del Ministerio Público (fs. 25 a 37 vta.).