SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1112/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1112/2015-S1

Fecha: 05-Nov-2015

Fragmento 15

         Al respecto, la línea actual que se maneja en la jurisprudencia constitucional viene plasmada en la SCP 651/2015-S2 de 10 de junio, expresó que: “El art. 23.I de la CPE, establece que toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal; sin embargo este mismo precepto, en su segunda parte, determina la excepción a esta regla cuando previene que: ‘La libertad personal solo podrá ser restringida en los límites señalados por la ley, para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias jurisdiccionales’. Precepto constitucional del cual se infiere que la restricción del derecho fundamental a la libertad de una persona solo procede cuando la misma ley autorice este mecanismo compulsivo.