Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1148/2015-S1
Fecha: 06-Nov-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución 35/2015 de 2 de junio, cursante de fs. 20 a 21, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Cotahuma del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz en representación sin mandato de AA contra Consuelo Silvia Taborga Montan, Jueza Primera de Partido de la Niñez y Adolescencia del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.3.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.3. Marco normativo respecto a los niños, niñas y adolescentes infractores
- derecho que tiene toda persona de acudir ante un juez o tribunal competente e imparcial, para hacer valer sus derechos o pretensiones, sin dilaciones indebidas’
- el órgano jurisdiccional está compelido a imprimir la prontitud debida en la tramitación de los actos procesales vinculados con la libertad, con la finalidad de hacer efectivo el mandato constitucional contenido en el art. 115 de la Norma Suprema
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR