SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1148/2015-S1
Fecha: 06-Nov-2015
II.3.
II.3. Por certificación emitida por la Oficial de Registro Civil del SERECI La Paz, se evidencia que en la Oficialía de Registro Civil, se estaría ventilando el trámite administrativo de inscripción de partida de nacimiento del menor -ahora accionante-, nacido el 26 de mayo de 1999, mismo que tendría una duración de dos semanas a partir del 26 de mayo de 2015 (fs. 6).
El accionante a través de su representante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad física, locomoción y al debido proceso; toda vez que, la Jueza demandada en audiencia, dispuso medidas cautelares de carácter personal para las otras dos menores coimputadas y no así para él, manteniéndole en una situación de incertidumbre por más de doce días, pues en reiteradas ocasiones suspendió audiencia bajo el fundamento legal de que no contaría con una identificación plena, siendo que en audiencia presentó Registro del Estado Civil y Capacidades de las Personas del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires Argentina y el Documento Nacional de Identidad MERCOSUR, y posteriormente certificado del SERECI, el cual indica que en sus oficinas se estaría ventilando el trámite administrativo de inscripción de partida de nacimiento del accionante, documentos que no fueron tomados en cuenta por la Jueza demandada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.3.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.3. Marco normativo respecto a los niños, niñas y adolescentes infractores
- derecho que tiene toda persona de acudir ante un juez o tribunal competente e imparcial, para hacer valer sus derechos o pretensiones, sin dilaciones indebidas’
- el órgano jurisdiccional está compelido a imprimir la prontitud debida en la tramitación de los actos procesales vinculados con la libertad, con la finalidad de hacer efectivo el mandato constitucional contenido en el art. 115 de la Norma Suprema
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR