Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1151/2015-S1
Fecha: 06-Nov-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución 10/2015 de 24 de junio, cursante de fs. 29 a 32 pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Jorge Armando Fuentes Ticona en representación sin mandato de Miriam Carmen Calle Huarachi contra Ronald Zabala Lazarte, Director Departamental y Erlan Gómez Ormachea, efectivo policial ambos de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC).
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Carácter excepcional de aplicación del principio de subsidiaridad de la acción de libertad.
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas´"
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR