Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1151/2015-S1
Fecha: 06-Nov-2015
II.3.
II.3. Informe de inicio de investigaciones, remisión de aprehendido, imputación formal y solicitud de medida cautelar de carácter personal contra la accionante, dirigido al Juez de Instrucción en lo Penal de turno, emitido por Moisés Napoleón Chiri Gutiérrez, Fiscal de Materia el 24 de junio de 2015 (fs. 15 a 16).
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Carácter excepcional de aplicación del principio de subsidiaridad de la acción de libertad.
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas´"
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR