SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1153/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1153/2015-S3

Fecha: 16-Nov-2015

III.4.  Análisis del caso concreto

La accionante por medio de sus representantes, expresa que se vulneraron sus derechos a la libertad y al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación de las resoluciones, puesto que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos de estafa, estelionato, falsedad material e ideológica, uso de instrumento falsificado y asociación delictuosa en su contra, los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, no tomaron en cuenta la documentación presentada, ni que era la única apelante, dictando el Auto de Vista 107 de 22 de mayo de 2015, sin circunscribir su decisión a los aspectos apelados e imponiendo nuevos riesgos procesales, sin la debida fundamentación.

De lo obrado, se tiene que la Jueza de primera instancia dictó la Resolución de 22 de abril de 2015, disponiendo la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva de la imputada -ahora accionante- en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”, por lo que su abogado defensor planteó el recurso de apelación incidental, conforme el art. 251 del CPP (Conclusión II.1.).