SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1164/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1164/2015-S1

Fecha: 16-Nov-2015

Fragmento 12

La línea jurisprudencial citada, estableció que toda resolución debe contener imprescindiblemente la exposición de los hechos, la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva, cuando la resolución no tiene esa fundamentación, significa que en la misma, el juez tomó una decisión de hecho  y no de derecho, vulnerando así el debido proceso.