SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1168/2015-S2
Fecha: 10-Nov-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante, ratificó lo expuesto en la demanda de acción de libertad, haciendo énfasis en que sus defendidas tenían toda la predisposición para conciliar, pedida a la representante del Ministerio Público; sin embargo, a su padre -en el caso querellante-, con el objetivo de mantenerla detenidas, no le interesa esta situación y utiliza el aparato jurisdiccional para agraviar a sus propias hijas.
Por otra parte, la Jueza ha coartado su derecho a la defensa, puesto que no les fue concedida la palabra en audiencia. Tampoco se les hizo llegar la Resolución que causó el agravio, provocando el planteamiento de la acción de libertad, puesto que no fueron notificadas legalmente conforme el art. 160 y 163 del CPP, ya que no existe documento en el que conste su firma o la de sus representadas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso en concreto
- REVOCAR en todo