Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1176/2015-S1
Fecha: 16-Nov-2015
II.2.
II.2.Mediante Auto Interlocutorio de 28 de octubre de 2014, la autoridad demandada, dispuso la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva contra el accionante, en virtud de lo previsto por los numerales 1, 2, 3 y 4 del art. 240 del Código de Procedimiento Penal (CPP) (fs. 58 a 61).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- Constitucional
- III.3.La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- III.4.Análisis del caso concreto
- REVOCAR