SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1178/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1178/2015-S1

Fecha: 16-Nov-2015

II.2.

II.2. De acuerdo al acta de audiencia de 6 de julio de 2015, se evidencia que                      el Juez ahora demandado es el Presidente del Tribunal Sexto de                   Sentencia Penal del departamento de La Paz, y en ocasión de llevarse                        a cabo la declaración testifical del convocado apellidado Balanza, la                   referida autoridad demandada dispuso que el accionante ya no interfiera                      en el interrogatorio realizado por su abogada, quien ejercía su defensa técnica, así como tampoco debía interrumpir la audiencia. Posteriormente, luego de un receso de diez minutos, dicho Presidente señaló que a partir                           de la próxima audiencia, no iban a dar lugar a que se interrumpa al testigo, ni con objeciones por parte de la acusación particular, ni de la parte                        acusada, pues la declaración testifical que se estaba desarrollando se extendió demasiado. Por su parte, el otro Juez técnico del jurado,                        César Portocarrero Cuevas, señaló que a efectos de evitar la dilación provocada por las objeciones del Ministerio Público, así como del acusador particular y de la defensa, se debía permitir que el testigo conteste a                    todas las preguntas realizadas por Carlos Ignacio Rodolfo Ballivián Valdés                             (fs. 22 a 25).