SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1188/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1188/2015-S2

Fecha: 11-Nov-2015

a)

Solicita se conceda la tutela, ordenando que: a) Los demandados Florencia María Florencia Bautista Paco y Carlos Fabián Huayñapaco Luna, le permitan ejercer su derecho a la propiedad privada, a un hábitat y vivienda, garantizando su ingreso y posesión del bien inmueble de su propiedad, entregándole las llaves de la puerta de ingreso; b) El Comando Departamental de la Policía Boliviana, provea efectivos policiales el día de su ingreso y posesión a su inmueble, a efectos de resguardar su seguridad física y la de su familia; c) El Fiscal de Materia demandado, investigue el delito de avasallamiento denunciado contra los codemandados mencionados; y, d) La cancelación de daños y perjuicios en la suma de Bs50 000.- (cincuenta mil bolivianos), al haber sido gravemente perjudicada en el uso y goce su inmueble.

La accionante, a través de su abogado, ratificó íntegramente los argumentos contenidos en la demanda tutelar; precisando que adquirió el bien inmueble motivó de su acción de defensa de la anterior propietaria María Teresa Vargas Vera, quien tenía una “anciana” que cuidaba del inmueble, de nombre Rufina Luna Choque. No obstante, cuando acudió conjuntamente la ex propietaria al inmueble, la mencionada le pidió que le dejara vivir en la casa hasta que ella muriese porque supuestamente no tenía hijos; empero, una vez que falleció, aparecieron los demandados, desconociendo si son sus hijos o no, habiendo procedido éstos a cambiar las chapas a las puertas, impidiendo el ingreso a su bien inmueble, en desmedro de los derechos fundamentales que invoca, toda vez que, pese a solicitarles su ingreso, hubo una actitud reticente al respecto.