SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1195/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1195/2015-S2

Fecha: 11-Nov-2015

III.2.  Análisis del caso concreto

           En ese sentido, corresponde aplicar en el caso que se examina la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la cual señala que el debido proceso en acciones de libertad, únicamente es tutelable cuando el supuesto hecho vulneratorio es la causa directa de la restricción o privación de libertad o cuando se demuestra estado de indefensión; en el caso que se examina, la lesión alegada por los accionantes no se encuentra directamente relacionada con su derecho a la libertad, pues por una parte, ambos guardan detención preventiva en el Centro Penitenciario de San pedro de  Sacaba por orden de la autoridad judicial en el marco del proceso penal que les sigue el Ministerio Público por la presunta comisión de los ilícitos de tentativa de homicidio y otros, proceso penal diferente al disciplinario del cual emerge la presente acción de defensa.

Por otra parte, tampoco existe un estado de indefensión; dado que los impetrantes de tutela en el proceso disciplinario que se les sigue, hicieron uso de los mecanismos de defensa que la ley franquea, así se tiene del incidente planteado ante el Tribunal Disciplinario Departamental de Cochabamba de la Policía Boliviana, el cual les fue rechazado según lo señalado en audiencia por ambas partes.

           Por consiguiente, no se activa la tutela de esta acción de defensa, puesto que sólo abre su jurisdicción cuando el procesamiento indebido es la causa directa de la restricción o privación de la libertad, como se tiene referido, hecho que no acontece en el caso de autos, pues los accionantes se encuentran recluidos como emergencia de un proceso penal y no del disciplinario del cual se origina la presente acción de tutela; consecuentemente, no es posible ingresar al fondo de la problemática planteada.