SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1202/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1202/2015-S2

Fecha: 11-Nov-2015

concedió

El Juez Tercero de Partido y Sentencia de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 018/2015 de 8 de junio, cursante en fs. 27 a 28 , concedió la tutela con relación al Juez y denegó la acción de libertad respecto a la Secretaria-Abogada, ambos del Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal de El Alto de ese departamento, con el siguiente fundamento: De la revisión de las literales presentadas por las partes se evidenció que el querellante interpuso el recurso de apelación en 21 de abril de 2015, contra la Resolución 176/15 de fecha 17 de igual mes y año, cuyos antecedentes fueron remitidos inicialmente el 25 de mayo del indicado año; posteriormente, una vez subsanadas las observaciones, nuevamente se recepcionó el 3 de junio del mismo año, siendo evidente la demora en la tramitación del indicado recurso de apelación incidental; asimismo, corresponde señalar que si bien de recurso fue interpuesto por la querellante y no por el imputado hoy accionante, los argumentos expuestos por éste señala, que la tardanza en la tramitación del recurso de apelación incidental no permitió que se lleve a cabo hasta la fecha las audiencias de cesación a la detención preventiva solicitada, lo cual menoscaba el derecho a la libertad, por lo que se hace viable conceder la tutela.

Conforme los arts. 178 y 180 CPE, la administración de justicia en el Estado Plurinacional de Bolivia, se sustenta entre otros principios de celeridad, el cual también fue reconocido por el art. 3.7 de la LOJ; se concedió la tutela solicitada por el accionante contra el Juez, y se denegó la tutela con relación a la Secretaria-Abogada por ausencia de legitimación pasiva, ambos del Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz.