Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1202/2015-S2
Fecha: 11-Nov-2015
II.2.
II.2. Mediante escrito de 14 de mayo de 2015, Alejandra Laura Mamani, solicitó se remita apelación de 20 de abril de igual año, que habiéndose cumplido con los recaudos de ley; sin embargo, al momento de la presentación de la demanda tutelar no fueron remitidos, y pidió que por medio de la Secretaria se haga efectivo el envió de dicha apelación (fs. 15).
- acción de libertad
- I.1.1
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La apelación incidental de medidas cautelares como mecanismo de impugnación
- III.2. El principio de celeridad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo