SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1215/2015-S2
Fecha: 12-Nov-2015
REVOCAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en todo la Resolución 22 de 9 de junio de 2015, cursante de fs. 124 a 127 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, provisionalmente en tanto la jurisdicción laboral, emita el criterio correspondiente, disponiendo se dé cumplimiento a lo establecido en la conminatoria MTEPS/JDTCBBA/35/2015 de 27 de marzo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III.1.
- aquello que se determine en la conminatoria deberá ser acatado por el empleador entre tanto se definan los derechos controvertidos en la vía judicial; en consecuencia, la tutela que obtenga el trabajador o trabajadora en sede administrativa laboral, conforme a los términos de las disposiciones legales antes señaladas, será siempre de carácter provisional
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- III.2. Análisis del caso concreto
- provisional
- REVOCAR en todo
- inconstitucional