SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1217/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1217/2015-S2

Fecha: 12-Nov-2015

1)

Emilio René Middagh Hurtado, Walter Arispe Roca, Manuel Picazo Tórrez y Osias Wagner Greve, mediante informe oral, a través de su abogado manifestaron: 1) Los accionantes sostienen que los Vocales demandados al advertir falta de fundamentación en el Auto apelado, debieron anular obrados para que se emita una nueva resolución, sin tener presente que el art. 400 del CPP, no establece que se debe anular; y, 2) El Auto impugnado señala que no se efectuó una verdadera auditoría, puesto que no tomaron en cuenta las actuaciones procesales de los imputados, que dilataron el proceso, únicamente consignaron las del órgano judicial, encontrándose debidamente fundamentado, pues señala además que no cumple con los requisitos de forma que habilita la consideración de fondo de la extinción, teniendo presente que por la complejidad de la investigación y el número de imputados no puede extinguirse, porque ya se dictó Sentencia; pidiendo por lo expresado se deniegue la acción de amparo constitucional interpuesta.