SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1285/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1285/2015-S2

Fecha: 13-Nov-2015

a)

El accionante a través de su abogado, ratificó íntegramente el tenor de la acción de libertad y puntualizó que: a) La suplencia no releva al Juez demandado de la responsabilidad de asistir y cumplir con el desarrollo de las audiencias requeridas con anticipación; y, b) Toda vez que, no llevó a cabo la audiencia programada, debió señalar nuevo día y hora de oficio; empero, no lo hizo.