Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1285/2015-S2
Fecha: 13-Nov-2015
II.1.
II.1. Corre el memorial de 23 de junio de 2015, de solicitud de audiencia de cesación de detención preventiva, presentado por Manuel Edilfonso Catañeda Linares; decretado por la Jueza Décima Tercera de Instrucción en lo Penal, quien señaló audiencia con éste fin para el 6 de julio de igual año, a horas 16:00 (fs. 15 a 16 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Las decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal deben ser: a) tramitadas; b) resueltas; y, c) efectivizadas con celeridad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo