SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1308/2015-S2
Fecha: 13-Nov-2015
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a querella de Ricardo Bruno, contra Johan Benito Vargas Manrríquez y Vanessa Medina, por la presunta comisión del delito de tentativa de asesinato, Víctor Hugo Aliaga y Juan Marcelo Aliaga Zamorano, apoderados del querellante, el 11 de marzo de 2014 recusaron a los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, Sigfrido Soleto Gualoa, William Tórrez Tordoya y Hugo Juan Iquise Saca, que asumirían conocimiento de la apelación incidental de medida cautelar, invocando las causales previstas en el art. 316 incs. 6), 9) y 11) del CPP, a la que no se allanaron mediante la Resolución de 11 de marzo del año citado (fs. 3 a 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Competencia de los jueces y tribunales de garantías en las acciones de defensa
- Fragmento 10
- III.2 Análisis del caso concreto
- Fragmento 12