Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0334/2015-RCA
Fecha: 14-Dic-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 601 de 17 de noviembre de 2015, cursante a fs. 487 y vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Neptaly Argote Claros contra Paty Yola Paucara Paco y Juan Ricardo Soto Butrón, Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- siguiendo el principio de congruencia y exhaustividad, debieron de forma armónica formar una parte del todo de la sentencia final, empero no podía ser desatendida y desoída cuando fueron reclamados y exclamados oportunamente, toda vez que los justiciables deben estar seguros de los derechos que les asisten en el proceso de la forma o modalidad como se estructuran los referidos, sin que haya justificante para poder dejar de lado el tema en cuestión, ya que éstos asuntos son de vital importancia, en cuanto nos podrá ayudar a determinar, la ilegalidad cometida en contra de mi persona
- improcedencia
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 7
- II.2. Análisis
- II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisión