Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0336/2015-RCA
Fecha: 15-Dic-2015
I.2.
El accionante denuncia como lesionados sus derechos al trabajo y a la estabilidad laboral, a la salud, a la seguridad social, a la petición, a la inamovilidad, al subsidio, a la vida, al desarrollo armónico de su hijo, y a la protección de la familia, citando al efecto los arts. 13, 24, 46.I.2, 48.I, II, III y IV, 49.II y III. de la CPE.