Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0351/2015-RCA
Fecha: 23-Dic-2015
a)
Solicita se admita la demanda y se disponga: a) La nulidad de la OM 03/2015, emitida por el Concejo Municipal de Sacaba; b) Nulidad de la publicación efectuada en el periódico “con el acto anotado” (sic); y, c) Ordene la cancelación de su registro en las oficinas de Derechos Reales (DD.RR.) realizado bajo el folio real con matrícula 3.10.1.01.0048892 de 30 de abril de 2015, y sea con expresa calificación de costas, daños y perjuicios.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedencia “in limine”
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados…
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- a partir de su notificación legal
- II.3. Sobre los requisitos de admisibilidad previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de acciones de amparo constitucional
- II.4. Análisis del caso concreto