AUTO CONSTITUCIONAL 0354/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0354/2015-RCA

Fecha: 24-Dic-2015

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memoriales presentados el 20 de octubre y 17 de noviembre de 2015, cursante de fs. 20 a 23 y 30 a 31 vta., la accionante refiere que, dentro del proceso penal que se le sigue, por la supuesta comisión del delito de cheque en descubierto, el 18 de mayo de 2012, interpuso excepción de extinción de la acción por prescripción, que fue declarada probada, por el Juez Tercero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, por lo que la parte querellante y acusador particular interpuso apelación incidental dándose el trámite correspondiente.

Radicado el proceso en la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, revocaron la Resolución 24/2014 de 6 de mayo, sin efectuar a su criterio, una adecuada interpretación y valoración de preceptos legales condenándola indirectamente a seguir en un proceso cuya data de inicio resulta absurda. Que, el fallo fue emitido, sin fundamentar de manera concreta en qué consistirían los elementos que suspendieron o interrumpieron los cómputos de plazos para el efecto, pues el proceso se inicio el 10 de octubre de 2003 y hasta la gestión 2014, pasaron diez años, aspecto que considera violatorio de sus derechos constitucionales por lo que plantea la presente acción.