Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0362/2015-RCA
Fecha: 30-Dic-2015
I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante, denunció como lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos del derecho de acceso a la justicia, a la motivación y/o fundamentación de las decisiones judiciales, a la defensa, y al principio de legalidad, citando al efecto los arts. 115.II, 119.II y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 5, 8.2 incs. d) y e), y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedencia
- 2)
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- II.2. Sobre las resoluciones consignadas en la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana.
- “Las Resoluciones emitidas por el Tribunal Disciplinario Superior serán definitivas e inapelables en el ámbito administrativo
- II.3.
- II.4.