AUTO CONSTITUCIONAL 0446/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0446/2015-CA

Fecha: 29-Dic-2015

Fragmento 16

Consiguientemente, la acción planteada no contempla las condiciones establecidas en el Fundamento Jurídico II.3 del presente Auto Constitucional, que esgrime el deber de argumentar y fundamentar de qué forma las referidas normas impugnadas son contrarias a la Norma Suprema; asimismo, no existe una vinculación necesaria entre la validez constitucional de las disposiciones  legales impugnadas, así, esta acción normativa debe ser rechazada cuando carezca en absoluto de fundamentos jurídico constitucionales, así lo establece el art. 27.II inc. c) del CPCo, y que fue reiterado por los AACC 0041/2015-CA de 2 de febrero y 0167/2014-CA de 3 de junio, entre otros.