AUTO CONSTITUCIONAL 0446/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0446/2015-CA

Fecha: 29-Dic-2015

Fragmento 17

Asimismo, en el Fundamento Jurídico II.4 de este mismo fallo, se estableció que la disposición legal impugnada de inconstitucionalidad, debe necesariamente ser aplicada a una resolución ya sea final o que resuelva un incidente o excepción; empero de los datos adjuntos, no se establece que la accionante haya presentado incidentes o excepciones dentro del proceso disciplinario tramitado en su contra.