AUTO CONSTITUCIONAL 0447/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0447/2015-CA

Fecha: 29-Dic-2015

Fragmento 9

En el caso de análisis, Víctor Alonzo Gutiérrez Flores, Diputado de la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia, activó la presente acción de      inconstitucionalidad abstracta, pretendiendo que se practiqué el examen de        constitucionalidad de los arts. 6, 13, 16.III; “20”; 33 inc. f); 35, 39 inc. c); 40.I y III; 43.1, 3 inc. d); 45.II, 49.I, 50, 57, 58, 59; 61.2 inc. f); 63.2 inc. g); 64; 65; 66.2 inc. g); 67.II; 68.2 inc. g); 72.I, IV y V; 77; 91.II, III, IV y V; 93 inc. b), 97.I; 98.II y III; 104.I, II y III incs. a) y b); 105.I; 106.I; 107; 108.I, Disposición Transitoria Primera y Cuarta, Disposición Final Segunda del Reglamento General de Institutos Técnicos y Tecnológicos de Carácter Fiscal, de Convenio y Privado aprobado por la Resolución Ministerial (RM) 350/2015 de 2 de junio, por ser presuntamente contrarios a los arts. 24, 46.I y II; 47 y 90 de la CPE; y, 8.2 incs. b), c) y h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.