AUTO CONSTITUCIONAL 0450/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0450/2015-CA

Fecha: 29-Dic-2015

rechazó

La Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, por Resolución 05/2015 de 13 de noviembre, cursante de fs. 265 a 266 vta., rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamento que: a) El accionante fue buscado en dos oportunidades, una en su domicilio procesal y otra en su fuente laboral, se encontraba ocupado según el informe del auxiliar del Juzgado Disciplinario, y al no ser éste atendido, el Juez Disciplinario dispuso la notificación por tablero; b) La naturaleza de esta acción normativa es someter a control de constitucionalidad una disposición legal, dentro de un trámite judicial o administrativo cuya decisión dependa del mismo; c) El proceso disciplinario dentro del sistema de justicia plural, obliga a cumplir con el principio de legalidad, puesto que la norma impugnada fue aprobada por el Consejo de la Magistratura; es decir, que proviene de una autoridad competente para emitir  este tipo de normativa; y, d) No se realizó una adecuada fundamentación respecto a la norma impugnada la cual justifique una decisión de fondo; por consiguiente, se establece que no cumplió con los requisitos de admisión.