Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0450/2015-CA
Fecha: 29-Dic-2015
Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura
En consulta la Resolución 05/2015 de 13 de noviembre, cursante de fs. 265 a 266 vta., pronunciada por la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, que rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Oscar Freire Arce, Vocal de Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, demandando la inconstitucionalidad del art. 49 del Acuerdo 075/2013 de 23 de abril, emitido por el Consejo de la Magistratura, por ser presuntamente contrario a los arts. 115.II y 119 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo, cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- cuya decisión dependa
- que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
- II.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- RATIFICAR